Prohibición de aplazamiento y fraccionamiento de determinadas obligaciones tributarias

18/enero/2017

El RD ley 3/2016 de 3 de diciembre por el que se adoptan las medidas de ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia sociales, cabe destacar las medidas tributarias adoptadas en referencia a la prohibición de aplazamiento y fraccionamiento de determinadas obligaciones tributarias.

Desde el 1 de enero de 2017 no se podrán aplazar ni fraccionar el pago de:

  • Los tributos repercutidos, como puede ser el IVA. A menos que pueda justificarse que las cuotas repercutidas no han sido cobradas de forma efectiva por la empresa.
  • Los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades
  • Las liquidaciones tributarias confirmadas total o parcialmente en virtud de resolución firme total o parcial

Sin embargo la última instrucción de Hacienda mejora los aplazamientos del IVA por los autónomos (personas físicas). Sin embargo han aparecido distintas informaciones y circulares de colectivos profesionales y empresariales que dicen que esta medida también es aplicable a las PYME, aunque la instrucción no lo dice expresamente.

Por este motivo es oportuno realizar las siguientes puntualizaciones:

  1. La información de la AEAT es clara y sólo hace referencia expresa a los autónomos que no tributan por el impuesto de sociedades. Es decir, sólo a las personas físicas.
  2. El artículo 14 de LGT prohíbe expresamente la analogía en materia tributaria, por lo que no tiene cobertura legal entender que esta medida puede aplicarse a las PYMES aunque no lo diga expresamente.
  3. Desconocemos cuál será la interpretación que se pueda realizar desde la recaudación de la AEAT, pero no creemos que sea diferente a esta última instrucción.

De todas formas parece que la AEAT podría estar preparando una nueva instrucción aclaratoria donde de forma clara se indique que las PYMES podrán aplazar el IVA en las mismas condiciones que los autónomos ( es un rumor no confirmado ).

Para cualquier duda o aclaración contactar con info@negresaura.cat

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